Agrupación
| Glosario |
Es cuando se reúnen dos o más fincas inscritas para formar una sola con su nueva descripción, y se inscribe en el Registro de la Propiedad con número de finca diferente. Las fincas pueden no ser colindantes y pueden pertenecer a distintos propietarios, siempre que se determine la participación indivisa que a cada uno de ellos corresponde en la finca resultante de la agrupación.
A + B = C














