Vivienda de protección oficial
| Glosario |
La vivienda de protección oficial es una vivienda de precio concertado más asequible que el existente en el mercado de vivienda libre, y que se destina a la población que tiene mayores dificultades para acceder a una vivienda.
Las viviendas de protección oficial son calificadas por las Comunidades Autónomas o Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y han de cumplir con los requisitos establecidos en la legislación vigente sobre:
- Destino
- Condiciones de uso
- Superficie
- Precio máximo establecido
- Calidad
- Diseño
- Cualquier otra cláusula que exija dicha legislación
En el Régimen Legal de Protección se determinan los medios de acceso a estas viviendas protegidas respetando siempre los principios de igualdad.














